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Prácticas no cubiertas por la Obra Social

marzo 25, 2015

9- COSEGUROS:

Las siguientes prestaciones no tienen cobertura de O.S.PE.COR. para el Plan Universal:

   –  Cirugía Plástica no reparadora (estética) y el tratamiento de sus complicaciones.

– 
Acupuntura, celuloterapia, homeopatía, cosmetología, quiropraxia, hidro-terapia, pedicuría, curas de reposo, curas de
rejuvenecimiento, curas para adelgazamiento.

– 
Dietología estética.

– 
Medicamentos y tratamientos en etapa experimental, no reconocidos por entidades científicas oficiales.

– 
Medicamentos de venta libre, fórmulas magistrales, productos dietéticos.

–  Tratamientos y medicamentos homeopáticos.

– 
Prácticas, servicios, medicamentos, elementos, prótesis u ortesis no contemplados en el Programa Médico Obligatorio
de Emergencia (Res. Nº 201/02 MS).

– 
Honorarios por arancel diferenciado o por elección de un profesional determinado dentro o fuera de la Cartilla Médico
Asistencial de O.S.Pe.Cor.

– 
Prestaciones y/o servicios solicitados por profesionales no incluidos en la Cartilla Médico Asistencial de O.S.Pe.Cor.

– 
Internaciones para diagnóstico y tratamiento que puedan realizarse en forma ambulatoria.

En internación no se reconocen gastos por acompañante, extras, diferencia de habitación, departamentos, suites o habitaciones especiales, uso de reciclador de sangre, abrochadora mecánica de piel.

O.S.Pe.Cor. cumple con el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y con el Programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGIA) en el ámbito de la Seguridad Social (según marca el Decreto 865/200) a fin de garantizar la salud de la población en especial en emergencias sociales como la presente en donde el número de personas vulnerables a enfermedades transmisibles y no transmisibles puede aumentar.

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