Loading
loading..

Nuestra Historia

marzo 10, 2015

Ya en el año 1958, el Convenio Colectivo de Trabajo, logrado años antes en el orden nacional, para el personal de estaciones de servicio, garajes y afines, contenía una cláusula que obligaba a los empleadores a una prestación médica integral a favor de sus dependientes.
Posteriormente esa cláusula fue negociada en paritarias por un aporte «per cápita» y debía ser entonces el Sindicato Petrolero de Córdoba quien prestara la asistencia médica.

Hacemos notar que ni en la cláusula original, ni a través de la sustituta, el objetivo era ejercido adecuadamente, pero de todas maneras logró crear en la dirigencia de esa época y en las posteriores dirigencias, un concepto de unidad de acción sindical-obra social que continuó y se acrecentó con el advenimiento y vigencia de la Ley 18.610 de Obra y Servicios Sociales, sancionada por un gobierno militar en el año 1970, que obligaba a los sindicatos a brindar asistencia médica integral a todos sus afiliados.
Entonces el Sindicato Petrolero de Córdoba y la Obra Social del Sindicato Petrolero de Córdoba continuaron siendo una sola unidad, fuertemente identificados por ideales comunes que se podrían traducir exclusivamente en el servicio y en el bien común de los trabajadores que representaban esas Entidades, con prescindencia total y absoluta de toda identificación político-partidaria.

De esa manera sindicato y obra social, tomaron como una sola, el cumplimiento de las exigencias impuestas por la Ley 18.610. Decimos como una sola porque la Comisión Directiva del Sindicato Petrolero de Córdoba, se constituyó en la conducción de la Obra Social del Sindicato Petrolero de Córdoba. Nunca supimos concebir la cosa de otra manera: la Obra Social era del Sindicato Petrolero de Córdoba.

En esas condiciones afrontamos la dificilísima tarea de llevar prioritariamente una adecuada prestación médico-asistencial a nuestros afiliados y su grupo familiar a todos los lugares de trabajo y lugares de asiento domiciliario de cada uno de ellos en todo el ámbito del territorio provincial; en ese entonces para 2500 titulares que con sus familiares totalizarían unos 7500 que se desempeñaban en alrededor de 400 establecimientos de estaciones de servicio, garajes y afines de la Provincia de Córdoba.
Casi con desesperación, se ensayó encontrar una solución a esto que parecía casi de imposible realización: concretar una contratación a través del sistema prepago, encontrándonos con la realidad de que no existía organismo alguno, a nivel privado, que ofreciera una infraestructura capaz de semejante prestación.
No obstante, ensayamos algunos contratos regionales en las principales ciudades cabeceras departamentales. Un desastre. Nuestros representados y sus familiares debían trasladarse a veces a muchos kilómetros para lograr una prestación médica.

Paralelamente y siempre intentando encontrar una salida al problema, estudiamos a fondo las posibilidades de contratación de prestaciones por el sistema de aranceles. Nuestros ingresos, al igual que nuestra capacidad administrativa, determinaron la imposibilidad absoluta de ponerlo en práctica. Calculábamos que en pocos meses, por esta vía, tendríamos que declarar la quiebra del Sindicato Petrolero de Córdoba y de su Obra Social.

Fue en el año 1974 cuando el Instituto Provincial de Atención Médica (IPAM), Organismo descentralizado dependiente del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, que administraba las prestaciones médico-asistenciales de todos los dependientes del Estado Provincial y posteriormente los de las municipalidades de la Provincia de Córdoba, mediante el sistema pre-pago, con libre elección de los facultativos y de las entidades prestatarias adheridas al sistema en todo el ámbito provincial, nos abrió la posibilidad de incorporarnos como adherentes.

Así lo hicimos después de largas y costosas gestiones y cálculos económicos, pues el monto de cápita del pre-pago, era superior a lo percibido a través de las disposiciones de la Ley de Obra Sociales. Con la asistencia de esos ingresos y la contribución del sindicato como complemento, estuvimos en condiciones de firmar en el transcurso del mes de julio de 1974 el contrato respectivo. Aquí también aparece la sólida identificación de ambas entidades, ya que con toda normalidad es el sindicato el que rubrica como titular el contrato aludido con el IPAM.

Fue un paso trascendente e histórico, puesto que a través de él logramos la atención ágil y adecuada para nuestros afiliados diseminados en pequeños establecimientos a lo largo y ancho de la geografía provincial. De no haber surgido esa alternativa, con seguridad, habríamos tenido que conceder el derecho de las prestaciones médico-asistenciales que nos competía, a otra entidad sindical más numerosa y con una distribución territorial similar.

Después de un largo y rico transcurrir de años en plena identificación e igualdad de objetivos, los cuales eran los de aunar esfuerzos desde una estructura apenas diferenciada, pero sí consolidada en su espíritu, resumidas en una acción sindical adecuada y una amplia gama de servicios sociales a favor de los trabajadores petroleros privados de Córdoba, el Sindicato Petrolero de Córdoba y su Obra Social, por imperio e imposiciones de la Ley 23.660, cada institución, debió emerger con caracteres definitivamente diferenciados.

Así nació la Obra Social de Petroleros de Córdoba, (O.S.Pe.Cor) que fue inscripta en el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el N° 11.550-8.

Layout mode
Predefined Skins
Patterns Background
Images Background